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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº341, de 1977, del ministerio de hacienda, sobre zonas francas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 188367 / 8779640.

Texto oficial

Artículo 17.- Una Junta Arbitral compuesta por el Intendente Regional o su representante, quien la presidirá, el Administrador de la Aduana respectiva, un representante de la Sociedad Administradora y otro de los usuarios, resolverá sin ulterior recurso las dificultades que se susciten entre la sociedad y los usuarios bancarios (decreto ley 1.055, artículo 8º).