Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 15, de 1981, que establece el estatuto del fondo de fomento y desarrollo creado por el articulo 38 del decreto ley nº 3.529, de 1980 (1)
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 188368 / 8736701.
Texto oficial
Artículo 16º.- Los recursos financieros que disponga
el Estado para otorgar las bonificaciones a que se refiere
el presente estatuto, se programarán mensualmente. (28)
(Nota 4).
Cada mes el Tesorero Regional informará por oficio al
Intendente Regional y al Director Regional de la
Corporación de Fomento de la Producción del movimiento de
los fondos indicados en el inciso anterior, acompañando los
antecedentes y documentos que lo fundan.