Saltar al contenido

Artículo 53 del Código de Justicia Militar

Código de justicia militar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18914 / 8632617.

Texto oficial

Art. 53. Son aplicables a las Cortes Marciales las DL 1769 1977 disposiciones de los artículos 258 y 334 del Código Art 1° N°41 Orgánico de Tribunales.