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Artículo 138 del Código de Justicia Militar

Código de justicia militar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18914 / 8632713.

Texto oficial

Art. 138. También serán aplicables las reglas de los artículos 296 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, sobre las medidas que agravan la prisión.