Texto oficial
Art. 286. Se consideran circunstancias agravantes de los
delitos considerados en los artículos 281 a 284 ser el
culpable militar, o ejecutar el delito en presencia de
rebeldes o sediciosos.
Código de justicia militar
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18914 / 8632867.