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Artículo 28 de la Ley Arica

Aprueba texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.420. establece incentivos para el desarrollo economico de las provincias de arica y parinacota, y modifica cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 189216 / 8648096.

Texto oficial

Artículo 28.- Sustitúyese la glosa de la subpartida 0009.0200 del capítulo 0 (cero) del Arancel Aduanero, en su texto complementado por el artículo 3° de la ley N° 19.288, por la siguiente: ''Mercancías de propiedad de cada viajero proveniente de Zona Franca o Zona Franca de Extensión, hasta por un valor aduanero de US$1.000. De igual beneficio gozarán los pasajeros provenientes del extranjero que adquieran mercancías hasta por un valor aduanero de US$500 en los Almacenes de Venta Libre establecidos en la ley N° 19.288, para su ingreso al país.''.