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Artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República

Fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18995 / 8543391.

Texto oficial

Artículo 84°. Respecto de las otras cauciones, su liquidación y realización se harán administrativamente por el Contralor, y de esta circunstancia deberá dejarse expreso testimonio en las escrituras de caución o en las pólizas correspondientes.