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Artículo 98 de la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República

Fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18995 / 8543407.

Texto oficial

Artículo 98°. En el examen de los expedientes de gastos deberá comprobarse, principalmente: a) Que la documentación sea auténtica; b) Que las operaciones aritméticas y de contabilidad sean exactas; c) Que se hayan cumplido las leyes sobre timbres y estampillas, y otros impuestos y derechos; d) Que el gasto haya sido correctamente imputado dentro del presupuesto, ley, decreto o resolución que lo autorice, de modo que corresponda al objeto para el cual fueron destinados los fondos, y e) Que el gasto haya sido autorizado por funcionario competente, dentro de los plazos correspondientes.