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Artículo 100 de la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República

Fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18995 / 8543409.

Texto oficial

Artículo 100°. Cuando para examinar una cuenta se necesitare consultar un documento que no se hubiere acompañado, o se requieran explicaciones que aclaren alguna duda, el examinador lo solicitará por intermedio de su jefe, antes de informar la cuenta.