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Artículo 6 del Decreto 2442

Fija el texto del reglamento de la ley de libertad condicional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19001 / 8613204.

Texto oficial

Art. 6°. Citará a sesiones, las presidirá, comunicará i hará cumplir los acuerdos del Tribunal de Conducta, el Jefe del respectivo establecimiento penal o la persona que lo reemplace en virtud de la lei o de Decreto Supremo. Hará las veces de Secretario del Tribunal, pero sin formar parte de él, el empleado que designe el jefe del establecimiento. Accidentalmente podrá desempeñar estas funciones un miembro del mismo Tribunal.