Texto oficial
Artículo 9° El Coordinador Administrativo será un
funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores. Sus
responsabilidades incluirán:
a) Controlar el personal administrativo y auxiliar de la
Academia y distribuir sus funciones, con aprobación del
Director;
b) Encargarse de la conservación del edificio de la
Academia y, en particular, velar por su mantenimiento,
estableciendo la coordinación necesaria con la Dirección
de Asuntos Administrativos;
c) Colaborar con el Subdirector Adjunto en las tareas
asignadas a éste en el Artículo 6º bis letra b).