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Artículo 10 del Decreto 463

Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648130.

Texto oficial

Artículo 10° El Coordinador del Centro de Publicaciones compuesto de Apuntes Internacionales y Revista Diplomacia, será un profesional universitario del área de las comunicaciones, funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores, y le corresponderá especialmente: a) Coordinar las actividades del Centro de Publicaciones; b) Editar la Revista Diplomacia y seleccionar la información que se publique en el sitio web Apuntes Internacionales y en todo otro medio de difusión en relación a la Academia Diplomática, previa autorización de la Dirección; c) Gestionar el funcionamiento del Centro de Publicaciones; d) Realizar acciones de difusión del trabajo realizado en Apuntes Internacionales y la Revista Diplomacia; e) Participar en todas las instancias en que esté involucrado el sitio web Apuntes Internacionales y la Revista Diplomacia.