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Artículo 58 del Decreto 463

Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648194.

Texto oficial

Artículo 58° El Ministerio de Relaciones Exteriores otorgará cada año el premio Ministerio de Relaciones Exteriores al alumno que obtenga la mejor calificación final del Curso de Formación. La Academia otorgará, asimismo, un premio especial denominado Andrés Bello al mejor trabajo de investigación del año. Los alumnos del curso de formación, por su parte, podrán designar un Mejor Compañero y otorgarle un premio. La Academia podrá aceptar premios que ofrezcan instituciones, embajadas extranjeras, organismos internacionales o personalidades relevantes para alumnos que se destaquen en determinadas asignaturas. Estos premios serán entregados en la ceremonia de clausura del respectivo año académico.