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Artículo 8 (DEL Nº 1) del Decreto 2505

Aprueba reglamento para la evaluacion y calificacion de la discapacidad

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19060 / 6847811.

Texto oficial

Artículo 8°.- El interesado o las personas que lo representen, podrán solicitar a la COMPIN respectiva, el otorgamiento de un certificado que acredite su calidad de persona con discapacidad, para ser presentado al Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de ser inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad.