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Artículo 126 del Decreto 2531

Decreto 2531

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19065 / 7158674.

Texto oficial

Art. 126.- Además de impartir la enseñanza primaria de acuerdo con los programas vigentes y los horarios que se les fije, corresponde a los profesores, informar al Encargado de la Escuela, sobre las modalidades de los alumnos, tanto en las clases como en los recreos, a fin de anotar las observaciones en los expedientes individuales, conservar el orden y disciplina en las clases y llevar los libros de anotaciones que fueren necesarios, y dar aviso al Encargado de la Escuela cuando por causas justificadas necesiten faltar a sus obligaciones.