Texto oficial
Art. 137.- El Inspector General será el Jefe de las
Casas-Hogares, y tendrá las siguientes obligaciones:
a).- Vigilar el orden, disciplina, higiene y
cumplimiento de los horarios en las Casas-Hogares y Sección
Disciplinaria;
b).- Dar instrucciones, colectivas o individualmente, a
los encargados de Casas y personal auxiliar de las mismas,
para el mejor desempeño de sus cargos;
c).- Conversar con los menores, en grupos o
privadamente, en especial con los de la Sección
Disciplinaria, exhortándolos a la buena conducta e
inculcándoles constantemente principios de moral. Estudiar
las condiciones de cada menor, con el objeto de estimular
sus virtudes y corregir sus defectos;
d).- Asistir a la comida de los menores e imponer,
confirmar o levantar las medidas disciplinarias por las
faltas que le denuncien los Encargados de Casas, el personal
auxiliar o los empleados subalternos, e informar diariamente
a la Dirección en este sentido.
e).- Disponer el inmediato traslado de los menores
enfermos al Hospital, para su reconocimiento e internación;
f).- Organizar y vigilar la distribución diaria de los
menores en las Secciones de Agricultura, Talleres, Escuelas,
etc.;
g).- Velar por la disciplina de los menores en el teatro
o salón de actos, estadio y fiestas que se celebren dentro
o fuera del Establecimiento;
h).- Disponer, con la aprobación previa del Director,
el traslado de los menores de una Casa a otra o a la
Sección Disciplinaria, cuando así conviniere a su
educación;
i).- Controlar las visitas que reciban los menores, de
acuerdo con las disposiciones respectivas;
j).- Comunicar inmediatamente a la Dirección las fugas
de los menores;
k).- LLevar un registro general de las alumnos e
informar al Director sobre todos aquellos datos que sean de
interés para los expedientes individuales;
l).- Organizar y controlar el servicio de los
inspectores a sus órdenes;
m).- Transmitir a la Dirección las planillas de
racionamiento diario y los pedidos semanales de artículos
de uso y consumo necesario para el servicio de las
Casas-Hogares y Casa de Ingreso;
n).- Revisar los libros de inventario de entradas,
salidas y saldos de las distintas Casas;
o).- Presentar anualmente una memoria de la Sección a
su cargo y un parte diario, indicando el número de menores
ingresados y agregados de cada Casa, de los traslados de una
Sección, hospitalizados, fugados y el total de la
población; la distribución de menores en las Secciones de
Agricultura, Talleres, Escuela, etc.; las novedades
ocurridas durante la noche; las observaciones de carácter
general que sean de interés.