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Artículo 7 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191865 / 8562338.

Texto oficial

Artículo 7º.- Los funcionarios de la Administración Ley 18.575 del Estado estarán afectos a un régimen jerarquizado y Art. 7º disciplinado. Deberán cumplir fiel y esmeradamente sus D.O. 05.12.1986 obligaciones para con el servicio y obedecer las órdenes Ley 19.653 que les imparta el superior jerárquico. Art. 1º Nº 4 D.O. 14.12.1999