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Artículo 44 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191865 / 8562378.

Texto oficial

Artículo 44.- El ingreso en calidad de titular se hará por concurso público y la selección de los postulantes Ley 18.575 se efectuará mediante procedimientos técnicos, imparciales Art. 46º e idóneos que aseguren una apreciación objetiva de sus D.O. 05.12.1986 aptitudes y méritos.