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Artículo 50 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191865 / 8562384.

Texto oficial

Artículo 50.- Los regímenes legales de remuneraciones Ley 18.575 podrán establecer sistemas o modalidades que estimulen el Art. 52º ejercicio de determinadas funciones por parte de los D.O. 05.12.1986 empleados o premien la idoneidad de su desempeño, sin perjuicio de la aplicación de las escalas generales de sueldos y del principio de que a funciones análogas, que importen responsabilidades semejantes y se ejerzan en condiciones similares, se les asignen iguales retribuciones Ley 19.653 y demás beneficios económicos. Art. 1º Nº 13 D.O. 14.12.1999