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Artículo 55 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191865 / 8562392.

Texto oficial

Artículo 55.- Para los efectos del Artículo anterior, Ley 19.653 los postulantes a un cargo público deberán prestar una Art. 2º declaración jurada que acredite que no se encuentran D.O. 14.12.1999 afectos a alguna de las causales de inhabilidad previstas en ese Artículo.