Texto oficial
Artículo 2°.- Los cargos directivos, a que se refiere Ley N° 15.076
el artículo 18° del decreto ley N°249, de 1973, sobre Art 2°
Escala Unica, quedan al margen de esta ley. No obstante lo
anterior, en caso que este personal deje de ser directivo,
se les reconocerá el tiempo servido como tal, para los
efectos de los trienios de la presente ley.