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Artículo 19 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n°15.076.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191879 / 8721004.

Texto oficial

Artículo 19°.-El profesional funcionario calificado Ley N° 18.160 por resolución ejecutoriada en lista 4, o por dos años Art. 1° consecutivos en lista 3, deberá retirarse del Servicio dentro de los treinta días siguientes al término de la calificación, y si así no lo hiciere, se le declarará vacante el empleo a contar del día siguiente a esa fecha.