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Artículo 37 del Decreto Ley 252

De instalaciones eléctricas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191958 / 7287641.

Texto oficial

Art. 37. Las disposiciones contenidas en el título II de la presente lei, que no se refieran esclusivamente a servicios eléctricos de otro jénero, se aplicarán a las concesiones de permisos para establecer estaciones de radio-trasmision, en cuanto no contrarien las disposiciones de los tres artículos que preceden.