Texto oficial
Art. 19º. El Presidente de la República resolverá acerca de las solicitudes de concesión, previo informe de la Dirección y de la Dirección General de Obras Públicas, en cuanto se refiere a mercedes de aguas.
Ley general de servicios electricos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191965 / 9021678.