Texto oficial
Art. 44º. En los permisos para estaciones de radiocomunicación de experimentación y de aficionados, se establecerán para cada caso los largos de ondas, las señales de llamada y los horarios de transmisión.
Ley general de servicios electricos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191965 / 9021703.