Saltar al contenido

Artículo 52 del Decreto Con Fuerza de Ley 244

Ley general de servicios electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191965 / 9021711.

Texto oficial

Art. 52º. Las disposiciones contenidas en este título que no se refieren exclusivamente a concesiones de servicios eléctricos de otro género, se aplicarán a las estaciones de radiotransmisión, en cuanto no contraríen las disposiciones de los artículos que preceden.