Texto oficial
Art. 150º. Todo ataque o resistencia violenta a los agentes o a los empleados de la Dirección en el desempeño de sus funciones será castigado con prisión o multa de cincuenta a quinientos pesos.
Ley general de servicios electricos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191965 / 9021809.