Texto oficial
Art. 3.º Modificase el artículo 28 de la referida lei 2,644, suprimiendo las gratificaciones de cargo sanitario en él consultadas, i créase una gratificacion única i uniforme de $ 800, que se pagará a los Cirujanos embarcados i en servicio activo, cualquiera que sea su rango i clase de buque en que desempeñe su cargo.