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Artículo 69 del Decreto 3740

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19387 / 8828597.

Texto oficial

Art. 69. El Presidente de la República podrá exceptuar, en todo o en parte, de lo dispuesto en el inciso 2.o del artículo anterior, a los empleados que por las obligaciones de su cargo o necesidades del servicio deban habitar en establecimientos fiscales.