Texto oficial
Art. 103. La Contraloría General de la República mantendrá un Departamento especial encargado de fiscalizar el estricto cumplimiento de las disposiciones del presente Estatuto, sin perjuicio de que, a base de él, pueda el Presidente de la República organizar, cuando lo estime conveniente, un servicio especial que se encargue de atender dicha función y, en general, todos los problemas relacionados con el personal de la Administración.