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Artículo 28 del Decreto 3815

Aprueba el texto refundido de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19400 / 7159251.

Texto oficial

Artículo 28. Se contarán entre las ganancias de la Caja los valores que ella adquiera por prescripción, por no haberse exigido su pago en el plazo de 10 años los que se refieren a capital, y en el plazo de 5 años, los que provienen de intereses, remuneraciones de servicios u otros motivos.