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Artículo 52 del Decreto 3815

Aprueba el texto refundido de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19400 / 7159274.

Texto oficial

Artículo 52. El Presidente de la República, oída la Superintendencia de Bancos, fijará anualmente el límite de emisión de la Caja y demás instituciones hipotecarias.