Texto oficial
Artículo 8.o Esta ley regirá desde la fecha de su
publicación en el Diario Oficial
Aumenta los sueldos del personal de empleados del congreso nacional y de la biblioteca del congreso, crea cargo de prosecretario de comisiones en la planta de la camara de diputados, y aumenta las actuales pensiones concedidas al personal del congreso nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 194166 / 9003649.