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Artículo 7 del Decreto 5142

Fija el texto refundido de las disposiciones sobre nacionalizacion de extranjeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19444 / 8270945.

Texto oficial

Artículo 7.o El decreto que deniegue la carta de nacionalización será siempre fundado y firmado por el Presidente de la República.