Texto oficial
Art. 18. El padre o guardador sufrirá la pena de
prisión en su grado máximo, o multa de cuarenta a sesenta
pesos, si con el propósito de eludir las obligaciones que
impone esta ley o de limitar el período de cumplimiento
diere información falsa acerca de la edad de su hijo o
pupilo en el momento de la matrícula.