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Artículo 29 (DEL ART UNICO) del Decreto 5291

Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8270988.

Texto oficial

Art. 29. El Director General es el Jefe de la Educación Primaria en todo el país, conforme a las disposiciones de esta ley, y será responsable de la buena marcha y de la eficiencia de esos servicios. En caso de ausencia o de imposibilidad temporal, el Director General será reemplazado por el Visitador General o Jefe de Departamento que designe el Ministerio.