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Artículo 40 (DEL ART UNICO) del Decreto 5291

Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8270999.

Texto oficial

Art. 40. El Director General y los Visitadores Generales tendrán pase libre por los Ferrocarriles del Estado, y lo tendrán igualmente, dentro de la provincia respectiva, los Directores e Inspectores Provinciales, y dentro de su sector, los Inspectores Locales. Estos pases serán de cargo fiscal y los concederá el Ministerio de Educación.