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Artículo 47 (DEL ART UNICO) del Decreto 5291

Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8271008.

Texto oficial

Art. 47. Las Municipalidades darán cumplimiento a lo dispuesto en el número 3.° del artículo 105 de la Constitución Política del Estado y en el artículo 47 del Decreto-Ley 740, sobre Organización y Atribuciones de las Municipalidades.