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Artículo 69 (DEL ART UNICO) del Decreto 5291

Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8271033.

Texto oficial

Art. 69. Las escuelas particulares subvencionadas estarán sometidas a la vigilancia de la Dirección Provincial de Educación en cuanto a la moralidad, al estado sanitario de los locales, a las condiciones de la educación y a la forma en que se realice el trabajo de los alumnos. Los establecimientos que no se sometan a las determinaciones de la Dirección Provincial de Educación o dejen de reunir las buenas condiciones que permitieron su funcionamiento serán privados de las subvenciones.