Texto oficial
Art. 123. El personal de profesores auxiliares quedará
sometido, para los efectos de su renta anual, a lo dispuesto
en el artículo 111.
Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8271093.