Texto oficial
Art. 131. Todo edificio escolar se construirá según
planos hechos de acuerdo con los programas de la Dirección
General de Educación Primaria y aprobados por el
Ministerio.
Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8271102.