Texto oficial
Del Contador
Artículo 38. Corresponde al Contador:
a) Llevar la contabilidad de la Dirección General, de
la Biblioteca Nacional, del Archivo Nacional y de los Museos
de Santiago;
b) Fiscalizar la contabilidad de los establecimientos de
provincias y dependientes de la Dirección General en lo
administrativo; para lo cual los visitará periódicamente y
exigirá se le envíen los estados o informes mensuales que
comprueben el manejo correcto de los ingresos y egresos;
c) Efectuar la comprobación de los inventarios;
d) Mantener el contacto necesario con la Contraloría
General de la República, y atender a los inspectores de
ella en sus visitas;
e) Pagar personalmente las facturas y representar al
servicio en sus relaciones con la Dirección de
Aprovisionamiento del Estado;
f) Dar cuenta constante al Director General acerca de
las observaciones que haga en las cuentas del servicio;
g) DEROGADA
h) DEROGADA