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Artículo 43 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041806.

Texto oficial

Artículo 43. Dadas las diversas especialidades culturales que el servicio requiere, los ascensos se efectuarán atendiendo 1.° a la especialidad del puesto vacante; 2.° a la calificación del candidato; y 3.° a la antigüedad. Esta será sólo un factor de decisión en la igualdad de condiciones.