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Artículo 81 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041844.

Texto oficial

Artículo 81. La cantidad de obras que puedan retirarse a la vez, el plazo del préstamo y el modo de renovación, será determinado anualmente por el Director de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos mediante resolución.