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Artículo 113 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041876.

Texto oficial

Artículo 113. Cada sección deberá recibir las obras según inventario que la Sección Catalogación, Control e Informaciones llevará en sus libros de entradas; y el empleado encargado en cada sección de recibir los volúmenes, firmará y fechará en dichos libros cada recepción.