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Artículo 153 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041909.

Texto oficial

Artículo 153. Es absolutamente prohibido fumar, colocar el tintero o la pluma sobre los documentos que se examinan, usar cualquier procedimiento químico para aclarar los caracteres borrados o desvanecidos, doblar las hojas, hacer marcas o señales, con tinta, lápiz o en cualquiera otra forma, por inocente que parezca, que altere en lo más mínimo el primitivo estado de los documentos.