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Artículo 182 bis del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041940.

Texto oficial

De las publicaciones Artículo 182 bis. El "Boletín del Museo Nacional de Chile" se continuará, desde la dictación del presente decreto, con el título de "Boletín del Museo Nacional de Historia Natural". Aparecerá dos veces al año y dará cabida a los trabajos de investigación efectuados por el personal del Museo y por los colaboradores que la Dirección acepte. Con el título de "Anales del Museo Nacional de Historia Natural", se continuarán asimismo los "Anales del Museo Nacional de Chile", los que se editarán bajo dicho lema genérico, pero constituyendo un volumen aparte cada trabajo. Podrán editarse en estos Anales únicamente obras inéditas o traducciones inéditas de obras extranjeras relacionadas con las ciencias naturales del país.