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Artículo 189 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041948.

Texto oficial

Artículo 189. El amoldador, al ejecutar algún trabajo de reproducción de las obras del Museo, tomará las medidas de precaución necesarias para no destruir ni manchar los jardines y pisos del local.