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Artículo 141 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 19451 · idParte: 9041972

Texto oficial

Artículo 141. La Biblioteca procurará que el mayor número de sus actos de extensión sean gratuitos.