Texto oficial
Artículo 4.° La comisión podrá hacer, en forma
prudencial, los gastos necesarios para el buen manejo de los
bienes sometidos a su administración, y con cargo a dichos
bienes.
Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041977.